Preguntas
Frecuentes sobre Ascensos (FAQ)
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¿Qué es el ascenso?
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El ascenso es la promoción o adelanto en la
carrera administrativa del funcionario, consistente en la selección, para
cada cargo, del que cumple mejor con los requisitos del mismo, determinados
por su descripción técnica. (art. 2 Dec 377/011 de 4/11/2011)
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¿Quiénes pueden postularse?
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Art/3 - Para los ascensos se podrán
postular todos los funcionarios presupuestados del Inciso
pertenecientes a cualquier escalafón, serie y grado, siempre que reúnan el
perfil y los requisitos del cargo a proveer.
Art/9 - A los efectos de la provisión de
las vacantes de ascenso sólo podrán postularse los funcionarios
presupuestados con una antigüedad no menor de dos años en el Inciso,
los que podrán pertenecer a cualquier escalafón, serie y grado, siempre que
reúnan los requisitos exigidos por la descripción del perfil del cargo a
proveer.
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¿Cuales son las diferencias con el sistema
anterior de ascensos?
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Se
concursa a nivel de Inciso.
Pueden postular funcionarios presupuestados
pertenecientes a cualquier escalafón, serie y grado de las unidades
ejecutoras 001, 002, 003, 004, 005, 007, 008, 009 y 014.
Pueden postular funcionarios que no
pertenezcan al escalafón de la vacantes siempre y cuando reúnan el perfil y
los requerimientos de la misma.
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¿Qué es el perfil?
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Es información del puesto de trabajo en la
que se explicita el objeto del cargo y las tareas claves, las condiciones
locativas y de remuneración y los requisitos de formación y experiencia
necesarios para el mismo.
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¿Dónde están los perfiles?
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Una vez publicada la resolución, en un plazo
máximo de 30 días, se publicarán los perfiles de todas las vacantes a
concursar en todas las intranets de las UE del Inciso, medios de difusión internos
de la UE y en este sitio.
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¿Me puedo presentar en una unidad ejecutora
que no es la de mi puesto actual, si mi perfil es acorde a lo que solicitan?
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Si.
Se debe tener presente que en caso de ganar el concurso pasará
a pertenecer a la unidad ejecutora de la vacante ganada y deberá ir a
desempeñarse en la misma bajo las condiciones establecidas por ésta y por
todo lo que rija al organismo, no teniendo más vinculación con la unidad
ejecutora de la que proviene.
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¿Qué pasa si me presento a un concurso y lo
pierdo?
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Del mismo modo que en el sistema anterior,
mantendrá el cargo que ocupa.
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¿Por qué debo concursar?
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Porque es la única forma de adelantar en la
carrera administrativa.
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¿Es obligatorio concursar?
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No, pero quien no concurse no ascenderá.
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¿Cómo me presento?
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Las postulaciones se realizarán por correo
electrónico a la dirección establecida para las vacantes de cada Unidad
Ejecutora, indicando en el asunto el
cargo al que postula (Escalafón, Grado, Serie y UE) y enviando adjunto el
formato de CV completo. (LINK EN WEB)
El CV completo tiene carácter de declaración
jurada, pudiendo el Tribunal, solicitar toda la documentación que acredite lo
allí declarado.
En caso de que Ud. no disponga de
computadora o requiera asistencia para completar el formulario y enviar la
postulación, debe dirigirse a la oficina de Gestión Humana o la que haga sus
veces, en su Unidad Ejecutora.
Podrán realizarse consultas telefónicas al
teléfono 17122780 entre las 10 y las 17hrs, de lunes a viernes.
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¿Adónde reciben las postulaciones?
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Las postulaciones se recibirán
exclusivamente por correo electrónico a las direcciones establecidas a tales
efectos según la Unidad Ejecutora a la que pertenezca la vacante en concurso.
Ej1.
Si ud. está postulando a una vacante de DGI, deberá enviar el correo
electrónico a ascensos.dgi@mef.gub.uy
Ej2. Si ud. está postulando a una vacante de
la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, deberá enviar el correo
electrónico a ascensos.dnlq@mef.gub.uy
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¿Cómo se harán los ascensos?
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“Art/8 - Para todos aquellos cargos de
primera línea de supervisión, los ascensos se realizarán por concurso de
oposición y méritos.
En los restantes casos, el Jerarca del
Inciso podrá disponer que los ascensos se realicen por concurso de oposición
y mérito cuando a su juicio la responsabilidad del cargo lo amerite. “
En el caso de este Inciso que decidió que
los concursos se harán de Oposición y Méritos para todos los casos.
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¿Que se entiende por concurso de oposición y
méritos?
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“Art/16- Se entiende por concurso de
oposición y méritos el que computa además de la prueba de oposición otros
elementos de juicio relevantes para la valoración de los aspirantes.
Art/17- En los concursos de oposición y
méritos:
A) Se realizará una prueba de oposición
que valorará la formación y la experiencia de los postulantes en las tareas
afines a las del perfil del cargo a proveer. A tales efectos, el Tribunal
propondrá la resolución de casos prácticos a los postulantes. Valor 40%.
B) Méritos y Antecedentes. Valor 20%.
C) Evaluación Psicotécnica. Valor 20%.
D) Entrevista con el Tribunal. Valor 20%.
Se podrá optar sólo por una de las
modalidades C) o D), en cuyo caso se deberá prorratear el porcentaje de los
demás ítems para alcanzar el 100%, sin alterar el puntaje del C) o D). “
Para ello la División Recursos Humanos del
Ministerio de Economía y Finanzas, está generando criterios orientadores para
que el trabajo de los tribunales sea ecuánime y transparente.
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¿Qué vacantes se concursan?
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Se concursan vacantes generadas con
anterioridad al 1 de julio de 2012, según necesidad de cada Unidad Ejecutora,
y aprobadas por resolución ministerial de 28/09/2012.
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¿Por qué no figuran todas las vacantes que
hay en mi unidad ejecutora?
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Las vacantes que se concursan corresponden a
las necesidades determinadas por la Dirección de cada UE y aprobadas por
resolución ministerial del 28/09/2012.
“Art/5 - Los Jerarcas de los Incisos O2
al 15 del Presupuesto Nacional antes del 30 de setiembre y del 31 de marzo de
cada año deberán resolver las vacantes generadas en el primer semestre de ese
año o en el segundo semestre del año anterior respectivamente, que se
someterán al mecanismo de ascenso y dispondrán que su proceso de provisión
deberá iniciarse en un plazo no superior a los treinta días”.
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¿Se pierden las vacantes que no figuran?
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No.
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¿Qué pasa si nadie se presenta a los
concursos?
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“Art/10 - El Jerarca del Inciso podrá
disponer en una única convocatoria los llamados a concurso de ascenso y de
ingreso, quedando habilitada la apertura por el procedimiento de ingreso solo
en caso de resultar desierto el concurso por el procedimiento del ascenso.
Una vez provista la vacante y toda vez
que se produzca una nueva vacante en el Inciso en el mismo escalafón, grado,
serie y denominación se podrá recurrir al orden de prelación resultante del
concurso correspondiente, el que tendrá una vigencia de dieciocho meses.
De resultar desierto el concurso, la
vacante se proveerá de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la
Ley número 18719, de 27 de diciembre de 2010 y su decreto reglamentario. (*)”
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(*) Texto dado por Decreto número 108/012,
de 12 de abril de 2012, artículo 1.
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¿Qué es el último grado de nivel
correspondiente?
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“Art/4 - Se entiende por el último nivel
del escalafón correspondiente, el grado de inicio del escalafón respectivo de
acuerdo a la Ley número 15809 de 8 de abril de 1986.”
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¿Qué pasa si hay empate en un concurso?
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“Art/20- En caso de empate se resolverá
de la siguiente manera:
a) Concurso de oposición y méritos: el
que haya obtenido el mayor puntaje en la prueba de oposición.
b) Concurso de méritos y antecedentes: el
que haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación del desempeño.
c) De persistir el empate; en ambos
casos, se dará prioridad a quien tenga mayor antigüedad en el Inciso.”
Para el Inciso 05 Ministerio de Economía y
Finanzas, aplica el punto a y c.
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¿Quien pondrá la prueba?
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El Tribunal.
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¿Qué garantías tendré para el concurso?
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“Art/12- Los Tribunales de Concurso,
estarán integrados por tres miembros titulares y sus respectivos suplentes:
* el Jerarca del Inciso o quien éste
designe, quien lo presidirá.
* un representante de los funcionarios,
quien deberá ser funcionario presupuestado del Inciso y ocupar un grado igual
o superior al del cargo a concursar y será elegido por los inscriptos al
concurso respectivo mediante voto secreto, siendo responsabilidad del
respectivo Jerarca la convocatoria pertinente.
* un miembro designado por los demás
miembros del Tribunal, pudiendo no tener la calidad ni condición de
funcionario público.
Art/13- En todos los concursos habrá un
veedor que será propuesto por la Confederación de Funcionarios del Estado
(COFE), quien una vez comunicada por el Jerarca del Inciso la aprobación del
llamado tendrá un plazo perentorio de cinco días hábiles previos a la fecha
de constitución del Tribunal, para informar mediante nota, el nombre y cédula
de identidad del veedor y su suplente al Área de Gestión Humana del Inciso o
a la unidad organizativa que haga sus veces. Si vencido dicho plazo la
Confederación de Funcionarios del Estado (COFE) no realiza la propuesta del
veedor, el Tribunal de Concurso comenzará a actuar sin el mismo.
Los veedores deberán ser funcionarios de
reconocida idoneidad, pudiendo el mismo veedor participar en varios
Tribunales. El veedor, participará en el Tribunal, con voz pero sin voto. Los
veedores, serán convocados obligatoriamente a todas las reuniones del
Tribunal, debiéndosele proveer de la misma información. “
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¿Cómo se elige el representante de los
funcionarios?
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Deberá ser funcionario del Inciso y ostentar
un grado igual o superior a la vacante en concurso. Se elegirá por parte de los inscriptos al
concurso respectivo mediante voto secreto.
La lista de personas elegibles
para representar al funcionariado inscripto será publicada en las Intranets
de la UE del Inciso o medios de difusión que utilice la UE.
La elección es por voto secreto y se
realizará en la UE de la que es originaria la vacante en concurso.
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¿Qué pasa si no me satisface la integración
del tribunal?
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“Art/14- La integración de los Tribunales
será publicada en forma que asegure su conocimiento por parte de los
funcionarios, quienes podrán recusar a sus miembros por razones fundadas
según lo dispuesto por el artículo 3 del Decreto número 500/991 de 27 de
setiembre de 1991 con las modificaciones introducidas por el Decreto número
420/007 de 7 de noviembre de 2007.”
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¿Dónde presento recurso si la integración
del tribunal no me satisface?
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En la División Recursos Humanos del Ministerio
de Economía y Finanzas, Colonia 1089, 3er piso, entre las 10 y las 17hrs, que
iniciará un expediente,
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¿Adónde puedo consultar otras dudas?
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Puedes hacerlo por correo electrónico a ascensos.inciso@mef.gub.uy o por teléfono en el
17122780 de 10 a 17hrs.
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Quien me dirá que necesito para ascender en
este nuevo sistema?
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Art/6 - Las Áreas de Gestión Humana o las
reparticiones que hagan sus veces, elaborarán las bases de los concursos respectivos
y la descripción del perfil del cargo de que se trate en coordinación con la
Unidad Ejecutora a la que pertenece la vacante, conforme a los criterios
establecidos en el presente Decreto y a las pautas que determine la Oficina
Nacional del Servicio Civil. Dichas bases serán aprobadas por el Jerarca del
Inciso.
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¿Cuánto tiempo tendré para estudiar?
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Art/7 - Las bases y la descripción del
perfil del cargo a proveer serán publicadas con una antelación de un mes a la
fecha de la realización del concurso.
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¿Cómo deciden los Tribunales?
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Art/15- Los Tribunales funcionarán con la
totalidad de sus integrantes y las decisiones serán adoptadas por la mayoría
de los presentes y actuarán con autonomía técnica.
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BLOG DEL GREMIO DE LOS FUNCIONARIOS DE LA AUDITORIA INTERNA DE LA NACION
viernes, octubre 05, 2012
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE ASCENSOS
INFORME LEGAL SOBRE DEC 401
De: Departamento Jurídico del PIT CNT
Asunto: Decreto del Poder Ejecutivo Nº 401/08
Informe para el Secretariado Ejecutivo
Comencemos
por hacerles conocer que estas no son las primeras consideraciones que este
Departamento asesor de nuestra Central le ha entregado a sus dirigentes,
referidas al dictado en el año 2008 y posterior aplicación en el marco de
varios conflictos de carácter colectivo del citado Decreto, sino que lo hemos
hecho sistemáticamente desde el momento mismo de su promulgación.
Su
sola lectura ilustra acerca de las intenciones del Poder Ejecutivo, esto es, responsabilizar
individualmente a los funcionarios públicos, en principio de la Administración Central ,
cuando éstos, en el marco del ejercicio de la actividad sindical, llevan
adelante medidas gremiales que no suponen directamente paro de actividades sino
lo que se denomina como modalidades atípicas del derecho de huelga, tales como
paros perlados, de brazos caídos, trabajo a reglamento, o cualquier medida que
sin suponer directamente dejar de prestar las tareas habituales supongan una
distorsión y la provocación de un perjuicio a la Administración.
Sin
perjuicio de que la discusión acerca de la oportunidad o conveniencia de
adoptar determinadas medidas gremiales, que puedan eventualmente distorsionar
servicios públicos a cargo del Estado, es una reflexión de tipo estratégico
sindical a la interna de nuestras organizaciones de trabajadores públicos, y de
la propia Central, y además puede y en determinados casos debería integrar la
agenda de discusión con las autoridades públicas como mecanismo de prevención
de conflictos colectivos, lo cierto es que, desde el punto de vista jurídico, y
es ésta una primera afirmación de nuestra parte, no cabe duda que el
contenido del Decreto 401/98 resulta limitativo del ejercicio del derecho de
huelga y del concepto mismo de Libertad Sindical, y su dictado y aplicación práctica debe
considerarse ilegítima, violatoria de las normas de carácter nacional y
supranacional que amparan dicho ejercicio, y por ende considerarse nula su
eficacia.
Nos
explicaremos formulándonos un triple orden de interrogantes:
1º)
¿Es posible aceptar en un Estado de Derecho como el nuestro, la imposición
de límites o restricciones al ejercicio del derecho de huelga?
2º)
Y si lo fuera: ¿Es posible y jurídicamente aceptable limitar o
reglamentar el ejercicio del derecho de huelga, en sus diferentes
modalidades, por la vía de la utilización de un decreto de uno de los poderes
del Estado, precisamente el Poder Ejecutivo?
3º)
Específicamente: ¿el contenido del Decreto Nº 401/08, limita o restringe el
derecho de los sindicatos de funcionarios públicos al ejercicio del derecho de
huelga?
La primer interrogante se despeja consultando:
A)
Los pronunciamientos de la Organización
Internacional del Trabajo, a través de los Informes de su
Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, (arts. 19,
22 y 35 de la
Constitución de la
OIT ), los cuales han servido de base, inspiración y
fundamento para atender a los Principios Generales de Derecho que de ellos se
desprenden y se incorporan a nuestra legislación nacional, en directa
aplicación del contenido de los arts. 72 y 332 de la Constitución Nacional ;
B)
Los convenios Internacionales del Trabajo vinculados al tema del Derecho de Sindicación,
la Libertad Sindical
y el Derecho de Huelga.
C)
La Constitución
Nacional y la propia legislación nacional.
D)
La doctrina y jurisprudencia nacionales.
Comencemos
por indicar el pronunciamiento de la mencionada Comisión de Expertos de
la OIT , contenido
en su publicación sobre Libertad Sindical y Negociación Colectiva,
(Informe III, Parte 4B a la 81ª reunión de la Conferencia Internacional
del Trabajo de 1994), que sentó criterios y principios invariables hasta el
presente, contenidos en todas sus demás publicaciones sobre el tema, en
especial sus recopilaciones sobre Decisiones y Principios del Comité de
Libertad Sindical de la
Organización , que como sabemos, traduce el pensamiento de la OIT acerca de los Principios
Generales de Derecho del Trabajo, promovidos por la Declaración relativa a
los mismos en la 86ª Conferencia anual
del año 1998.
Precisamente,
en el párrafo 173 de la citada publicación, y refiriéndose a los tipos o
modalidades del derecho de huelga, la Comisión de Expertos señala que “Cuando la
legislación garantiza el derecho de huelga, muy a menudo se plantea el
problema de determinar si la acción emprendida por los trabajadores
efectivamente constituye una huelga de conformidad con la definición contenida
en la ley. En general, cabe considerar como huelga toda suspensión
del trabajo, por breve que sea ésta. Ahora bien, establecer ésta
calificación resulta menos fácil cuando, en lugar de producirse una cesación
absoluta de la actividad, se trabaja con mayor lentitud (huelga de trabajo a
ritmo lento) o se aplica el reglamento al pié de la letra (huelga de celo).
Trátase en ambos casos de huelgas que tienen unos efectos tan paralizantes como
la suspensión radical del trabajo.
Observando que las legislaciones y las prácticas nacionales son
extremadamente variadas sobre este punto, la Comisión estima
que las restricciones en relación a los tipos de huelga sólo se justificarían
si la huelga perdiese su carácter pacífico.”
En nuestro país la jurisprudencia ha confirmado la doctrina dominante en
el sentido de reconocer ampliamente la constitucionalidad de las llamadas
formas atípicas de la huelga.
En
relación con la segunda interrogante planteada, esto es, si resulta
posible reglamentar, y por esa vía eventualmente limitar el ejercicio del derecho
de huelga, apelando a normas de inferior jerarquía que las de origen
constitucional o legal, podemos
consultar la opinión de nuestros académicos, especialmente las posiciones
doctrinarias que uniformizan el estado actual del pensamiento jurídico nacional
en torno a uno de los temas que mas ha destacado el papel republicano y
democrático del actual Gobierno del Frente Amplio, esto es, el respeto por las
libertades individuales, por la Libertad Sindical y por la Negociación Colectiva
como Derechos Fundamentales.
Citaremos
al Profesor Osvaldo Mantero, ex docente de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
de la Facultad
de Derecho de la
Universidad de la República , y digno y ejemplar ex integrante de la Sala de Abogados de nuestra
Central, quién, en su obra Derecho Sindical, (F.C.U. 1ª edición de julio
de 1998), refiriéndose al carácter supra legal del reconocimiento del
derecho de huelga, a la eventual regulación del mismo mediante normas de rango
inferior a la
Constitución , y a las propias fuentes de la regulación del
citado derecho, señala: “… en nuestro ordenamiento jurídico, tal como
sucede hoy en día en casi todos los ordenamientos del mundo, el derecho de
huelga está reconocido por normas de jerarquía supra legal.
Unas de ellas son de origen internacional, otras provienen del derecho
de los derechos humanos, que es de carácter universal, y otras provienen de la Constitución Nacional ,
cuyas normas tienen también rango superior a la ley.
Como consecuencia de esa jerarquía normativa, las normas legales, u
otras normas reglamentarias no pueden dejar sin efecto el derecho de huelga.
Por tratarse de un derecho fundamental previsto en la Constitución , la
regulación estatal del derecho de huelga solo puede hacerse por vía
legislativa.
En el caso del derecho de huelga la limitación es mayor aún. Conforme a
la Constitución
nacional la regulación de ese derecho, sea por vía autónoma o heterónoma, debe
orientarse a reglamentar su “ejercicio y efectividad”.
Termina
señalando el Profesor Mantero que: “…la regulación del derecho de huelga,
especialmente cuando es limitativa, puede plantear también serios problemas
originados en su no acatamiento. Es indudable que una excesiva regulación puede
dar lugar a su incumplimiento. Dicho incumplimiento provocará a su vez un
endurecimiento del poder público, que recurre para lograr su cumplimiento a la
limitación de otras libertades, iniciando así un círculo vicioso de
impredecibles consecuencias; o una admisión del incumplimiento que deja mal
parada la autoridad del Estado.”
En
este aspecto rescatamos además un determinado pronunciamiento del Dr. Oscar Hermida Uriarte, que hiciera suyo
el Instituto de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
de la Facultad
de Derecho de la
Universidad de la República ,
formulado en oportunidad de una consulta efectuada por el Decanato
de la mencionada Facultad, y referido a la pertinencia de los descuentos por
medidas gremiales de paro efectivo.
En
el marco de esa consulta, el Profesor Hermida refiere precisamente a la
aplicación práctica del decreto 401/08 en el ámbito Universitario, concluyendo
en lo fundamental, y en lo que nos interesa rescatar, que “…Si bien incluye
como antecedente y fundamento un fallo del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo que en caso análogo había avalado un descuento salarial
proporcional a la reducción del rendimiento, varios aspectos de esta norma son
susceptibles de debate:
El primero y mas importante es … su
discutible constitucionalidad, concluyendo en que en tanto y en cuanto
estaría reglamentando administrativamente el ejercicio de un derecho
fundamental, el mismo solo podría serlo por ley.
Siguiendo
con el intento de evacuar las dudas planteadas, podemos plantearnos la que
refiere a la posibilidad de limitación del derecho de huelga en el Uruguay, además
de consultar las previsiones de los Convenios Internacionales de Trabajo
vinculados con el citado derecho.
En
realidad, podemos afirmar que la propia expresión “huelga típica” resulta
errónea e impropia en el derecho positivo de nuestro país, donde no
existe una conceptualización del fenómeno, debiendo considerarse que la huelga,
manifestación sociológica por excelencia, admite su validez y consideración en
función de sus diferentes modalidades.
Aún
así, se ha admitido pacíficamente que su ejercicio podría ser limitado en el
caso de que se afectaran en su práctica otros derechos fundamentales. En virtud
de ello en nuestro país, a partir de la Ley N º 13.720, luego sustituida por otra norma,
(Decreto Ley 14.791) se ha adherido fundamentalmente a la construcción de la
propia OIT acerca del concepto “servicios esenciales”, admitiendo la limitación
en las actividades de ese tipo, siempre que se dieran las garantías para no
eliminar el derecho, su ejercicio y efectividad.
Tal
como lo señala el Profesor Mantero en su obra citada, el Comité de Libertad
Sindical, desde su creación en el año 1951, ha entendido que la huelga es una
manifestación de la
Libertad Sindical.
Admite
sin embargo “… la posibilidad de que el derecho de huelga se limitara en las
actividades o servicios esenciales, con tal que existieran, o se crearan, -
o se acordaran en los ámbitos de autorregulación pertinentes, acotamos nosotros
-, garantías apropiadas a la salvaguarda de los intereses de los
trabajadores”.
Y
en consonancia con este pronunciamiento, la Comisión de Expertos de la OIT , en la obra ya mencionada
, señala que “… es necesario tener en cuenta las circunstancias
especiales que puedan darse en los diferentes estados miembros, ya que si bien
la interrupción de ciertos servicios podría, en el peor de los casos, ocasionar
problemas económicos en algunos países, en otros podría tener efectos
desastrosos y crear en poco tiempo situaciones en que se verían comprometidas
la salud, la seguridad o la vida de la población”, concluyendo en que “…
un servicio no esencial en el sentido estricto del término puede convertirse en
esencial si la huelga que repercute en el mismo dura mas de cierto período, o
adquiere tal dimensión que pueden correr peligro la salud, la seguridad o al
vida de la población”.
La
doctrina nacional ha concluido en que incluso los previsiones de estas normas
citadas, previstas para situaciones que nada tienen que ver con el derecho de
huelga, establecen determinado elenco de posibles limitaciones, pero siempre
en los términos y en las condiciones en que lo establecen los órganos de la Organización
Internacional del Trabajo
anteriormente mencionados.
Resulta entonces contundente la afirmación mayoritaria, apoyada por el
Dr. Mantero, en el sentido de que “… cualquier norma heterónoma que utilice
el concepto de servicio esencial para limitar el derecho de huelga, debe tener
necesariamente el rango de norma legal”, siendo posible además que la
utilización del concepto “servicio esencial” como criterio para limitar el ejercicio
del derecho de huelga, derive de normas autónomas, autorreguladas o acordadas
en los ámbitos pertinentes previstos por la Ley N º 18.508 sobre Negociación Colectiva en el
Sector Público, como lo han reclamado las organizaciones sindicales de
trabajadores públicos.
En
base a lo hasta aquí expuesto, podemos finalmente abocarnos a despejar la tercer
interrogante planteada, indagando en el propio texto del Decreto Nº
401/08 examinado, acerca de si sus disposiciones implican un ejercicio
reglamentario y/o limitativo de la libertad sindical y del derecho de huelga en
particular.
El
Decreto 401/08 - atento a la realización por parte de sindicatos, secciones de
los mismos, o diferentes grupos de la Administración Central ,
de medidas gremiales o similares, identificadas como trabajo a reglamento, a
desgano, paro de brazos caídos, etc, y considerando que “… la adopción de
estas acciones se enmarca dentro del ejercicio atípico del derecho de huelga
consagrado en el Art. 57 de la
Constitución de la República ”,
- dispone la procedencia del descuento del salario de los funcionarios de la Administración Central
en forma proporcional, atendiendo al término en el cual los mismos adopten
medidas gremiales que supongan la disminución de sus tareas dentro de su
horario habitual.
Aún
cuando la medida dispuesta se fundamenta en ciertas definiciones acerca de la
huelga, como la que corresponde al Dr. PLA RODRÍGUEZ, a la autorización
contenida en el ordenamiento interno vigente para la Administración Central
por el cual procede la efectiva remuneración por la efectiva prestación del
servicio, y a cierta jurisprudencia del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo, y que posibilita el descuento por las horas de trabajo no
cumplido, (huelga, trabajo a reglamento u otras modalidades), lo cierto es
que este contenido resulta, como veremos, ilegítimo, inconstitucional,
antijurídico, y, vulnerador de los derechos humanos fundamentales consagrados
en las normas supra legales relevadas en el cuerpo de este informe, y por ende
susceptible de ser considerado nulo de conformidad con lo dispuesto en la Ley N º 17.940 sobre Libertad
Sindical.
EN PRIMER LUGAR, debemos observar que el citado decreto se permite
definir ciertas formas de ejercicio del derecho de huelga como atípicas,
aludiendo al derecho consagrado en el Art. 57 de la Constitución de la República , siendo que,
como lo hemos visto, estas definiciones, que no han sido conceptualizadas en
nuestro derecho positivo, en todo caso admitirían su formulación a través de la
legislación nacional, o del acuerdo en los ámbitos pertinentes consagrados en
la normativa vigente, pero de manera alguna a través de un decreto del Poder
Ejecutivo, que es lo mismo que admitir la reglamentación por la vía administrativa.
EN SEGUNDO LUGAR, y en referencia directa con lo anterior, podemos
afirmar que no solo estamos ante un ejercicio efectivamente reglamentario,
aún cuando sustentado en los Arts. 168 y 169 de la Constitución ,
consagratorios de la potestad reglamentaria del Poder Ejecutivo, sino que efectivamente
las disposiciones del Decreto implican una modalidad de ejercicio
limitativo y aceptación y amparo restringido del derecho de huelga,
práctica no autorizada por las normas de superior rango jurídico que han sido
analizadas, las que se insertan fundamentalmente en el Art. 57 de la Constitución , y se
reconocen como inherentes a la personalidad humana o se derivan de la forma
republicana de gobierno por el Art. 72,
y que se ordena deben aplicarse aún ante la falta de reglamentación cuando las
mismas reconocen derechos a los individuos e imponen deberes a las autoridades
públicas, de acuerdo al Art. 332 de la Carta Magna , acudiéndose a los fundamentos de
leyes análogas, a los principios generales de derecho y a las doctrinas
generalmente admitidas, carga que no ha sido agregada al texto del decreto
examinado.
EN TERCER LUGAR, y a manera de CONCLUSIÓN, podemos afirmar que
las disposiciones del mencionado decreto resultan inconstitucionales,
antijurídicas, y deben reputarse nulas de conformidad a lo previsto en la única
norma de carácter reglamentario de las facilidades para el ejercicio del
derecho de huelga en nuestro país, Ley Nº 17.940.
Dr. Mario Pomatta – Dr. Héctor Zapirain
martes, octubre 02, 2012
lunes, octubre 01, 2012
Nacional
COFE dispuesto a trabajar más si el gobierno paga
Ejecutivo pidió al FA aprobar Estatuto a fines de 2012
Según la Confederación de Organizaciones de Funcio- narios del Estado (COFE), el aumento de la jornada laboral de seis a ocho horas y trabajar los feriados laborables, solo se puede aplicar si hay una retribución económica a cambio.
En el proyecto de Estatuto del Funcionario Público que se remitirá al Parlamento, el gobierno dio marcha atrás en su idea original y mantendrá la jornada laboral en menos de ocho horas dentro de la Administración Central. Tampoco se obligará a los funcionarios a trabajar los feriados laborables como se había propuesto inicialmente, pero sí a mantener una guardia gremial de algunos servicios.
La secretaria de Formación de COFE, Claudia Rivero, dijo a El País que el gremio de los públicos se negó a trabajar ocho horas "porque eso debería implicar un aumento salarial".
"Hay funcionarios públicos que trabajan seis horas, porque hubo acuerdos con otros gobiernos en los que no se daban los aumentos que correspondían y se reducía el horario laboral", explicó Rivero.
Respecto a la posición de COFE de no aceptar el planteo de trabajar los días feriados, Rivero indicó que se debe a que "los públicos no cobran salario vacacional". Según dijo, esta es una "reivindicación histórica del movimiento sindical".
En el proyecto del estatuto del funcionario, el gobierno incluyó un artículo por el cual fuera del horario ordinario de trabajo no se pagarán horas extras. El tiempo extra que cumplan los funcionarios será retribuido con días libres.
Para COFE, el artículo "vulnera la jornada de trabajo, porque obliga a hacer horas extras sin cobrar. Pagar con días de descanso, significa un retroceso, porque estamos hablando de una reivindicación del movimiento sindical", sentenció.
En una reunión con legisladores de la oposición, representantes de gobierno pidieron a la bancada "jerarquizar el proyecto de estatuto del funcionario público" y aprobarlo antes de finalizar el año. Según Rivero, la modificación del sistema de carrera administrativa y la creación de un escalafón de alta conducción (para el cual se exige la presentación de un proyecto estratégico) responde a "alineaciones político partidarias, más que a las necesidades reales de gestión".
La agenda sindical del tercer trimestre estará signada por la conflictividad en el Estado. Los sindicatos de la Administración Central nucleados en COFE tienen por lo menos tres frentes de lucha: Rendición de Cuentas, reestructura de los organismos y el estatuto del funcionario público.
A todo esto se suma una batalla sindical que pondrá en jaque al sistema judicial, según amenaza el sindicato del Poder Judicial.
Entre el martes y el jueves de la semana próxima el Senado votará el proyecto de Rendición de Cuentas y COFE se va a manifestar en las barras y los alrededores del Palacio Legislativo. Mientras tanto, el martes en la mañana una delegación de COFE se reunirá con el Secretariado Ejecutivo del Pit-Cnt para pedir apoyo en su movilización. Tiempo atrás los estatales solicitaron a la central sindical realizar un paro de 24 horas pero la idea no prosperó porque las corrientes oficialistas del Pit-Cnt no la apoyaron.
En tanto, la semana próxima se reunirá el plenario de delegados de COFE para resolver las medidas que tomarán frente a las reestructuras y el proyecto de estatuto del funcionario público que el gobierno presentó ayer a la bancada del FA.
El País Digital
NEGOCIACIÓN
Fracasó acuerdo por el estatuto; "jineteada autoritaria", dice COFE
Reforma estatal. Por decisión del Poder Ejecutivo, finalizó ayer la negociación para un nuevo estatuto del funcionario. El sindicato definirá medidas en rechazo al proyecto del gobierno
PABLO MELGAR / VALERIA GIL
El Poder Ejecutivo dio un portazo a la negociación con COFE por el estatuto del funcionario público y enviará el proyecto al Parlamento. Los estatales dicen que la salida del gobierno es una "jineteada autoritaria" y anuncian movilizaciones.
Cuando los sindicatos de la Administración Central se disponían a seguir negociando el estatuto del funcionario público en la Dirección Nacional de Trabajo (Dinatra), los delegados del Poder Ejecutivo anunciaron ayer que enviarían el proyecto al Parlamento. La furia se apoderó de los sindicalistas estatales que no esperaban el "abrupto" final de las conversaciones que comenzaron hace seis meses. En un comunicado difundido ayer por la tarde, COFE hizo saber su "más profundo rechazo a la postura adoptada por el gobierno", la cual fue calificada como una "jineteada burocrática y autoritaria".
"Es una falta de respeto que se convoque a un proceso de negociación y se termine unilateralmente", aseveró ayer a El País el secretario general de la Confederación de Organizaciones de Funcionarios del Estado (COFE), José Lorenzo López.
El sindicalista sostuvo que la comisión negociadora de los estatales trabajó "toda la semana" para llevar ayer a una reunión con los delegados del gobierno una posición sobre la carrera administrativa y tabla salarial, como habían acordado en la última entrevista que habían mantenido.
Sin embargo, cuando en la tarde de ayer los sindicalistas acompañados de su asesor jurídico se disponían a discutir esos puntos, el gobierno anunció que hoy viernes se enviaría el proyecto del estatuto de funcionario al Parlamento.
El tesorero de COFE, Leonel Revelese, dijo a El País que la forma sorpresiva en que se cerró la negociación es una muestra "de autoritarismo y soberbia del gobierno".
En tanto, López señaló como responsables de la ruptura de las conversaciones entre COFE y el gobierno a la "comandita" que "rodea al presidente José Mujica". En tal sentido, identificó al director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), Gabriel Frugoni, al director de la Oficina Nacional de Servicio Civil (ONSC), Homero Guerrero, al secretario de Presidencia, Alberto Breccia, y al prosecretario, Diego Cánepa.
López sostuvo que "la soberbia emborracha de poder" a estos jerarcas de gobierno que fueron los principales encargados de diseñar el estatuto del funcionario público.
Como respuesta al gobierno, COFE prepara medidas gremiales para los próximos días. Los estatales entienden que el gobierno pretende fijar las bases para los funcionarios para los próximos 30 años. Por eso advierten que la movilización será "importante".
La asamblea de delegados de COFE de ayer remitió a todos los sindicatos de base una consulta sobre la forma de movilización que podrán asumir para enfrentar el estatuto.
ACUERDOS. En las últimas semanas el gobierno dio marcha atrás en su postura de que los funcionarios públicos debían trabajar los días feriados laborables y cedió ante las presiones de COFE para que se mantenga el sistema actual.
Gobierno y sindicato acordaron que la jornada laboral se extenderá de seis a ocho horas para los empleados que ingresen a la función pública.
Sin embargo, el corte de la negociación no permitió saldar otras diferencias en "puntos neurálgicos", explicó a El País la dirigente de COFE Claudia Rivero. Como ejemplo citó la definición de funcionario público, la tabla salarial y la carrera administrativa.
Para el gobierno, los funcionarios públicos son los que tienen relación de carrera funcional y están presupuestados. Para COFE los funcionarios públicos son todos los que tienen algún vínculo laboral con el Estado.
Cuando el 14 de agosto pasado COFE ocupó sorpresivamente el Ministerio de Economía (MEF), una delegación de la bancada del Frente Amplio prometió a los estatales instalar un ámbito de diálogo en el Parlamento cuando el Ejecutivo eleve el proyecto de estatuto del funcionario público. Por tal motivo, en COFE aguardan que la bancada oficialista los convoque a volver a crear un ámbito de diálogo.
REUNIÓN. En la mañana de hoy, tendrá lugar una reunión entre representantes de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Servicio Civil con la bancada del Frente Amplio. Allí los legisladores de gobierno conocerán el proyecto que será remitido al Parlamento en las próximas horas.
Fuentes del gobierno dijeron a El País que la negociación "no se cortó abruptamente" como sostiene COFE. Según explicaron, la negociación se cerró luego de 15 reuniones y con aviso previo de que "se estaba terminando el tiempo para acordar".
Breccia dijo a El País que "el Parlamento siempre es el que tiene que laudar cuando no llegan a los acuerdos en las negociaciones con el Ejecutivo".
Sea cual sea el resultado, no se puede hablar de "triunfo de los funcionarios públicos y derrota del gobierno o al revés. Se trata de un tema de poder, acá no hay triunfos y derrotas de nadie. Acá hay posiciones que se cierran por consenso y otras que no y cuando no se cierran tiene que laudar el Parlamento", indicó Breccia.
El jerarca dijo que "hay que evitar hablar en términos confrontativos y señaló que "nadie es triunfador o derrotado" en el marco de una negociación como la del estatuto.
El País Digital
lunes, septiembre 24, 2012
DINATRA
TERMINADA LA REUNIÓN DE LA DINATRA EL PASADO 15 DE AGOSTO TODAVÍA ESTAMOS PIDIENDO QUE SE CORRIJAN ALGUNOS PROBLEMAS DE INTERPRETACIÓN EN LAS ACTAS QUE ENTENDEMOS QUE ESTÁN MAL HECHAS POR TANTO HAY QUE ESPERAR EL ACTA FINAL
MANTENDREMOS INFORMADOS A TODOS DE LOS AVANCES
El vuelo de los gansos
Recibimos y publicamos el mensaje de una compañera
El vuelo de los gansos
El próximo otoño cuando veas los gansos dirigiéndose hacia el sur para el invierno, fíjate que vuelan formando una "V". Es bien interesante que sepas lo que la ciencia ha descubierto acerca de por que algunas aves vuelan de esta forma. Se ha comprobado que cuando cada pájaro bate sus alas produce un movimiento en el aire que ayuda al pájaro que va detrás de él. Volando en "V" la bandada completa aumenta por lo menos un 71% su poder, mas allá de lo que lograría cada pájaro sí volara solo. Está demostrado que las personas que se unen y comparten una dirección común con sentido de comunidad, llegan mas rápido y mas fácil a donde desean porque se apoyan y se fortalecen mutuamente.
Debemos considerar que la unión hace la fuerza.
Cada vez que un ganso se sale de la formación, siente inmediatamente la resistencia del aire, se da cuenta de la dificultad de hacerlo solo y rápidamente regresa a la formación para beneficiarse del poder de los compañeros que van adelante y ayudar a los que van detrás. Si nosotros actuáramos con la inteligencia de los gansos, haríamos todo lo posible por superar las diferencias, compartir una misma dirección y servir con lo mejor de nosotros mismos.
Unidos vencemos, divididos caemos.
Cuando el líder de los gansos se cansa, se pasa a uno de los puestos de atrás y otro ganso toma su lugar. Siempre obtenemos mejores resultados si tomamos turnos haciendo los trabajos mas difíciles en lugar de permitir que el peso lo lleven unos pocos o uno solo.
Todos debemos estar dispuestos a asumir responsabilidades.
Los biólogos han observado que los gansos que van detrás producen un sonido propio de ellos para alentar a los que van adelante a mantener la velocidad. Una palabra de aliento produce grandes beneficios. El estímulo motiva reconforta.
Una palabra de aliento incrementa las fuerzas.
Finalmente, cuando un ganso se enferma o cae herido por un disparo, otros dos gansos se salen de la formación y lo siguen para ayudarlo y protegerlo. Se quedan acompañándolo hasta que esté nuevamente en condiciones de volar ó hasta que muera y, solo entonces, los dos acompañantes vuelven a su bandada o se unen a otro grupo. Si nosotros aprendemos de los gansos, como solidarios con quien nos necesita y nos mantenemos uno al lado del otro acompañándonos y apoyándonos
CONCLUSIÓN:
SI SOLO TUVIERAMOS
LA INTELIGENCIA DE UN GANSO,
NOS MANTENDRÍAMOS UNO AL LADO
DEL OTRO, AYUDANDONOS Y ACOMPAÑÁNDONOS
martes, septiembre 11, 2012
10/9/2012
Estatuto: COFE dará pelea en Parlamento
El sindicato de la Administración Central se dispone a dar batalla en el Parlamento en contra de los puntos que no comparte del nuevo estatuto de los funcionarios públicos. El proyecto llegará sin acuerdo.
La Confederación de Organizaciones de Funcionarios del Estado (COFE) continúa negociando con el Poder Ejecutivo el texto del proyecto de nuevo estatuto del funcionario público.
El presidente del sindicato, Pablo Cabrera, salió al cruce de los dichos del director de la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC), Homero Guerrero, de que ese organismo pretende cerrar la negociación con los sindicatos de la Administración Central esta semana, para luego reunirse con la bancada del Frente Amplio y después enviar el proyecto de reforma al Parlamento.
"Hoy (por ayer lunes) tuvimos una reunión y ya pautamos dos reuniones más para la semana que viene. Por lo tanto difícil que se vaya a cerrar esta semana cuando hay pautadas dos reuniones más con la unidad de trabajo de negociación" del gobierno, dijo Cabrera a El País. Este asunto es el que ha ocupado la mayor parte de la negociación en busca de un acuerdo sobre el nuevo estatuto del funcionario, si bien ambas partes desde el comienzo reconocían extraoficialmente que era casi imposible lograr un consenso en este asunto.
El Poder Ejecutivo igual siguió negociando, pero desde hace semanas viene dando señales de que ya es tiempo de terminar con esta instancia, ver los puntos de acuerdo y desacuerdo y enviar el proyecto al Poder Legislativo para su estudio.
Quien más claramente lo planteó fue Guerrero el pasado domingo en El País. El jerarca dijo que la negociación con COFE debería terminar esta semana, lo que generó molestia en la dirección sindical de los públicos.
Según Cabrera, COFE también cree que es necesario terminar en el menor tiempo posible esta negociación, pero rechazó que sea la ONSC la que lo defina, cuando el diálogo es con representantes de varios organismos del Estado
"El problema es que hay una opinión de una parte que no es la global. La ONSC es una parte de la unidad de negociación, pero no la contraparte de COFE en la negociación, que integran también la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y los ministerios de Trabajo y de Economía", dijo Cabrera.
Por eso, consideró que "es un poco aventurado que un integrante de los tantos que tiene la delegación del gobierno hable por sí y ante sí, cuando el resto no maneja los mismos términos por lo menos desde la formalidad".
Cabrera dijo que hasta el momento la delegación del gobierno no manejó una fecha tope para terminar la negociación. "El planteo es que necesitamos resolverlo lo antes posible y en COFE estamos de acuerdo", sostuvo. Afirmó que "hay cansancio", porque "ha sido un proceso largo, que viene desde enero" y para COFE es también necesario "terminar esta etapa".
"Pero de ahí a tomar resoluciones me parece que estamos un poco lejos", agregó.
Cabrera recordó que Guerrero participó de la negociación con COFE cuando era funcionario de la OPP y que "el gobierno terminó definiendo que no sea parte de la delegación cuando comenzó el proceso firme de discusión, donde había discrepancias".
"Cuando uno va a la negociación tiene que ir con la cabeza abierta a escuchar y negociar más allá de discrepancias. Si vas cerrado a que la posición es una y no hay dos, difícilmente se pueda negociar nada y por lo tanto fue atinado del gobierno hacer los cambios", expresó.
DEFINICIÓN.
Cabrera reconoció que es difícil que las partes logren acuerdo sobre la definición de funcionario público. El gobierno sostiene que éstos son los presupuestados y COFE todos los que tienen algún vinculo con el Estado. "Ese es uno de los puntos donde no nos pusimos de acuerdo y difícilmente se logre", indicó Cabrera.
"Es natural que si no llegamos a un acuerdo, se presente después un proyecto al Parlamento, que tendrá la última palabra", acotó. El sindicalista señaló que no todos los legisladores del oficialismo coinciden con la definición de funcionario público del Poder Ejecutivo, y sostuvo que "en el Parlamento hay ganas de discutir esto y no es tan sencillo decir entra y sale". Por eso para COFE "es sustancial lograr culminar esta etapa de discusión para continuar con la otra, lo que no significa que sea Servicio Civil la que defina cómo se sigue".
GARANTÍAS.
El proyecto de nuevo estatuto del funcionario público, que elaboró la ONSC, establece un nuevo criterio para los ascensos y las remuneraciones, basado en el cumplimiento de compromisos de gestión y no solo en la antigüedad en el cargo. "Lo que se llama la escala del burro que había en los bancarios, el gobierno quiere terminarla y tener compromisos de gestión. Un sistema de retribución variable basado en el rendimiento", dijo Guerrero a El País el domingo.
COLORADOS.
El Comité Ejecutivo Nacional del Partido Colorado (CEN) emitió ayer una declaración referida a la iniciativa del gobierno de establecer que el régimen de remuneraciones y ascensos de los funcionarios públicos esté relacionado a su desempeño y rendimiento.
El CEN consideró que, "si bien en principio es un sistema apto para lograr mayor eficacia y eficiencia de los cometidos públicos", presenta "mayor margen de discrecionalidad, pudiéndose llegar fácilmente a la arbitrariedad y clientelismo político".
Reclamó que haya un sistema que garantice "la adecuada y rápida defensa de los derechos de los funcionarios públicos que se consideren lesionados en sus derechos a la justa remuneración, promoción y ascenso". Para ello "será imprescindible" que se facilite la vía recursiva, "acortando los plazos de agotamiento de la vía administrativa, y agilitando los trámites ante el TCA".
Diferencia: Gobierno y COFE no se ponen de acuerdo en que es funcionario público.
El País Digital
lunes, agosto 27, 2012
Fue por lana y salio trasquilado
Para ser el dueño de la verdad hay que ser mas que un triste genuflexo, despreciados por colegas y mediocre parlanchin, para ser dueño de la verdad hay que saber.
Claro que seres de esta ralea existen pero solo porque son funcionales a los poderosos solo basta seguir parte de su itinerario para comprobarlo vean en el observador como opinar de todo y sin saber nada.
Y si como muestra alcanza un botón cual seria la verdad de este infame con respecto a la ocupación por parte de sus colegas "gremialista" de Ultimas Noticias. Empresa periodística e imprenta que decidio mandar a todos sus trabajadores a la calle. Seguro que para Denis Fabian Dutra, el dueño de la verdad,esto es incorrecto, pero no veo que editorialice sobre sus inmorales colegas de U Noticias.
Para terminar les dejo la repuesta de Leo a este pobre sujeto
Denis Dutra es periodista desde 1998. Trabajó en el diario La República y en el semanario Búsqueda. Desde 2005 escribe en El Observador.
“Porque para analizar las cosas en profundidad hay que reposar de la vorágine diaria”.
Son los que definen cuándo y cómo comienza a funcionar el país. Y cuándo se para. Tienen el poder de cerrar las fronteras por mar y aire paralizando las actividades del Puerto de Montevideo o dejando fuera de servicio los radares aeroportuarios. Si se les viene en gana pueden atentar contra la sanidad animal y humana afectando controles (como ocurrió durante la crisis de la fiebre aftosa del año 2001 y con la gripe porcina en 2009).
En función de sus asuetos se confeccionan almanaques y agendas, se cierran balances e inventarios, se programan licencias, asados, casamientos, cumpleaños de 15, y hasta se eligen momentos de parto.
Tienen el empleo seguro porque no deben rendirle cuentas a un patrón que les exija resultados, y en contadas ocasiones deben competir bajo reglas de mercado. De los 100 mil puestos de trabajo que se perdieron durante la brutal crisis de 2002, una ínfima parte afectó a los empleados del Estado uruguayo, quienes, además, cobraron sus salarios religiosamente a pesar de que las arcas públicas estaban semivacías mientras los trabajadores del sector privado cargaban sobre sus hombros con pérdida de miles de empleos , ingresos y calidad de vida.
Son la casta de privilegiados que conforman el grupo de ciudadanos “de primera”, como los denominó el ex presidente Jorge Batlle, que se pasó denunciando los privilegios de los estatales pero hizo poco y nada concreto para terminar con los mismos.
Defienden con uñas y dientes sus “conquistas”, que paga todo el pueblo, escudándose en la poderosa Confederación de Organizaciones de Funcionarios del Estado (COFE), cuyas caras más visibles son Pablo Cabrera (un enfermero de Salud Pública conocido por sus claritos en el pelo) y Joselo López (un “educador” del Inau que es quien más crispa su puño contra el gobierno).
Mientras el resto del país trabajaba, el martes los públicos afiliados a COFE hicieron un paro general, con ocupación de la sede del Ministerio de Economía y Finanzas. Reclaman introducir cambios en la Rendición de Cuentas que, sin embargo, ya se votó en la Cámara de Representantes. COFE quiere incluir en la Rendición de Cuentas incrementos salariales para los públicos, incrementar la cantidad de funcionarios estables y contratación de más personal.
También piden discutir la reformulación del Estatuto del funcionario público, por el cual el gobierno quiere hacer obligatorio el régimen de ocho horas laborales para sus empleados y que asistan a trabajar los días feriados como el resto de los mortales uruguayos.
Según cifras oficiales de la Presidencia de la República a las que accedió El Observador, la cantidad total de funcionarios públicos a diciembre de 2011 ascendía a 276.594, incluyendo becarios, pasantes y contratos bajo la modalidad de arrendamientos de obra. La mayoría de esos empleados, 263.044, son funcionarios públicos propiamente dichos.
El total de funcionarios públicos –buena parte de los cuales ingresó al Estado durante los gobiernos blanco y colorado- no aumentó en forma explosiva, pero tampoco se redujo desde que la izquierda gobierna, aunque los concursos se han extendido como una práctica para ingresar a la administración, según se señala desde filas frenteamplistas
A fin de 2004, en el Estado uruguayo habían trabajando 229.454 funcionarios públicos, es decir, 47.410 menos que en la actualidad. El mayor aumento de la plantilla se produjo a nivel del gobierno central (que incluye los ministerios y la Presidencia de la República), ya que la plantilla aumentó en 28.841puestos.
En las empresas industriales y comerciales del Estado, el personal aumentó de 23.751 a 26.008, mientras que en los bancos estatales y el conjunto de las intendencias prácticamente se mantuvo la cantidad de personal entre 2005 y 2011.
El presidente Mujica tuvo el coraje inédito de meterse con los empleados públicos pero está pagando las consecuencias de haber abrazado tantas culebras, entre ellas los gremios, para llegar al poder
Para protestar, cuando tomaron ilegalmente el martes las instalaciones del Ministerio de Economía, integrantes de la sinfónica del Sodre entonaron el himno nacional. Está bien: no se podía esperar mayor demostración de amor a la patria por parte de los dueños del país.
En función de sus asuetos se confeccionan almanaques y agendas, se cierran balances e inventarios, se programan licencias, asados, casamientos, cumpleaños de 15, y hasta se eligen momentos de parto.
Tienen el empleo seguro porque no deben rendirle cuentas a un patrón que les exija resultados, y en contadas ocasiones deben competir bajo reglas de mercado. De los 100 mil puestos de trabajo que se perdieron durante la brutal crisis de 2002, una ínfima parte afectó a los empleados del Estado uruguayo, quienes, además, cobraron sus salarios religiosamente a pesar de que las arcas públicas estaban semivacías mientras los trabajadores del sector privado cargaban sobre sus hombros con pérdida de miles de empleos , ingresos y calidad de vida.
Son la casta de privilegiados que conforman el grupo de ciudadanos “de primera”, como los denominó el ex presidente Jorge Batlle, que se pasó denunciando los privilegios de los estatales pero hizo poco y nada concreto para terminar con los mismos.
Defienden con uñas y dientes sus “conquistas”, que paga todo el pueblo, escudándose en la poderosa Confederación de Organizaciones de Funcionarios del Estado (COFE), cuyas caras más visibles son Pablo Cabrera (un enfermero de Salud Pública conocido por sus claritos en el pelo) y Joselo López (un “educador” del Inau que es quien más crispa su puño contra el gobierno).
Mientras el resto del país trabajaba, el martes los públicos afiliados a COFE hicieron un paro general, con ocupación de la sede del Ministerio de Economía y Finanzas. Reclaman introducir cambios en la Rendición de Cuentas que, sin embargo, ya se votó en la Cámara de Representantes. COFE quiere incluir en la Rendición de Cuentas incrementos salariales para los públicos, incrementar la cantidad de funcionarios estables y contratación de más personal.
También piden discutir la reformulación del Estatuto del funcionario público, por el cual el gobierno quiere hacer obligatorio el régimen de ocho horas laborales para sus empleados y que asistan a trabajar los días feriados como el resto de los mortales uruguayos.
Según cifras oficiales de la Presidencia de la República a las que accedió El Observador, la cantidad total de funcionarios públicos a diciembre de 2011 ascendía a 276.594, incluyendo becarios, pasantes y contratos bajo la modalidad de arrendamientos de obra. La mayoría de esos empleados, 263.044, son funcionarios públicos propiamente dichos.
El total de funcionarios públicos –buena parte de los cuales ingresó al Estado durante los gobiernos blanco y colorado- no aumentó en forma explosiva, pero tampoco se redujo desde que la izquierda gobierna, aunque los concursos se han extendido como una práctica para ingresar a la administración, según se señala desde filas frenteamplistas
A fin de 2004, en el Estado uruguayo habían trabajando 229.454 funcionarios públicos, es decir, 47.410 menos que en la actualidad. El mayor aumento de la plantilla se produjo a nivel del gobierno central (que incluye los ministerios y la Presidencia de la República), ya que la plantilla aumentó en 28.841puestos.
En las empresas industriales y comerciales del Estado, el personal aumentó de 23.751 a 26.008, mientras que en los bancos estatales y el conjunto de las intendencias prácticamente se mantuvo la cantidad de personal entre 2005 y 2011.
El presidente Mujica tuvo el coraje inédito de meterse con los empleados públicos pero está pagando las consecuencias de haber abrazado tantas culebras, entre ellas los gremios, para llegar al poder
Para protestar, cuando tomaron ilegalmente el martes las instalaciones del Ministerio de Economía, integrantes de la sinfónica del Sodre entonaron el himno nacional. Está bien: no se podía esperar mayor demostración de amor a la patria por parte de los dueños del país.
repuesta de Leo -------------------------------------------------------------------------------------------------
Sr. Denis Dutra:
Ud. escribió su columna de opinión “Los dueños del País” para determinado público, pero resulta que termina leyéndola este servidor, que resulta ser funcionario público y encima gremialista y por si fuera poco, tiene su orgullo muy en alto gracias a ambas actividades.
Fíjese, Ud. tira una pedrada a la multitud, y termina recibiendo una respuesta del demonio en persona (tal como ud. me caracteriza).
Digo pedrada a la multitud, porque lamentablemente su “artículo”, no deja de ser más que una mera generalización agraviante, ofensiva, prejuiciosa dirigida hacia el todo y hacia nadie en particular. Lo bueno de esto, es que cualquier generalización cae frente a la presencia de un solo ejemplo en contrario; lo malo de esto, es que una generalización burdamente liviana no logra otro efecto que poner en tela de juicio la solvencia intelectual de su emisor.
Es muy difícil encontrarle el mérito a su columna, cuando a duras penas pasa de ser algo más que una reiteración del prejuicio que tristemente la sociedad conserva hacia nosotros, y que aún más tristemente, el gobierno de turno alimenta (por aquello del “enemigo en común”, ¿se acuerda?).
El solo hecho de que Ud. piense que por criticarnos de forma vehemente, por cuestionarnos prácticamente hasta el derecho a la huelga, o incluso por arengar a sus lectores contra nosotros, generará algún cambio, ya de por si deja en claro sus intenciones. O bien Ud. entiende que la gente funciona mejor a los golpes, o bien su única intención es incitar aún más ese odio difuso del que se hace cargo.
Si fuera solo esa su intención, no me molestaría en escribirle, pero resulta que no solo nos difama, sino que se equivoca profundamente y acusa una falta de información gravísima.
No somos nosotros quienes resolvemos cuando poner en riesgo el transporte, la salud o sanidad, seguridad o cualquier otro bien público. No señor, nosotros somos quienes GARANTIZAMOS que exista la salud, seguridad, cultura, transporte, protección, confianza jurídica y tantísimos otros bienes de los que Ud. goza día a día, gracias a que allí hay un funcionario público que vela porque así sea.
No tenemos (dentro de la administración central) altos sueldos, salario vacacional, beneficios, incentivos, premios, dobles aguinaldos, etc. etc, pero sí creamos día a día el marco para todos aquellos que como Ud., sí los poseen.
Somos odiados, insultados por los usuarios de nuestros servicios y por parte del gobierno, somos criticados por el más mínimo reclamo, somos en definitiva el chivo expiatorio de broncas y enojos que para nada hemos creado.
Aún así, trabajamos, y por favor lea esto con atención, logramos que el Estado, el País, siga funcionando. No es nuestra función generar riqueza, cuídese mucho de aplicar esa lógica capitalista a nuestra actividad.
Pero Ud. parece querer quitarnos lo único que nos hace seguir adelante, y eso es nuestra DIGNIDAD como trabajadores. Porque Dutra, la dignidad es lo único que no podemos permitirnos perder, porque es lo último que nos va quedando.
¿Sabe Ud. lo difícil que es levantarse para ir a trabajar todos los días sabiendo que lo van a llamar “ladrón” o “dueño del país” varias veces al día?, ¿Sabe Ud. lo difícil que es que su propio empleador, lo acuse de estafador, ciudadano de primera o “descorazonado”?. No, evidentemente no lo sabe, porque sino jamás habría hablado así de nosotros.
Es necesario el trabajo diario de cientos de miles de uruguayos para que Ud. tenga la libertad de decir lo que dice. Y créame que existirán excepciones, pero la inmensa mayoría de nosotros trabajamos arduamente, porque de otra forma, el estado no existiría, y Ud. no tendría ni lejanamente la libertad de acusar como lo hace.
Piense en esto Dutra, prácticamente cualquier pequeño acto cotidiano de su vida, en algún punto se encuentra conectado con un funcionario público.
Nos acusa de cobrar religiosamente el salario durante la crisis del 2002, y uno no puede dejar de preguntarse, ¿acaso es un delito que cobremos salario y que lo hagamos en fecha?, ¿acaso nosotros creamos la crisis?.
Pero para que Ud. se quede tranquilo, puedo contarle que en esas fechas yo era un pasante o becario más del Estado, y que durante 9 meses trabajé sin cobrar absolutamente nada, y que demoré 18 meses en cobrar mi salario atrasado y ya devaluado.
Fíjese que recién ingresé al Estado en el año 2006, y siendo nuevamente becario de otro organismo. Y todo ello sin acomodos (por allí una de sus “acolitas” nos tilda de “sinvergüenzas acomodados”), sino cristalinamente, como lo han hecho la inmensa mayoría de los que hoy son funcionarios públicos, sorteando demoras burocráticas, concursos extensos, pruebas de aptitud, etc.
Sin embargo, pese a ello, somos acomodados. La inmensa mayoría somos jóvenes o adultos con ganas de progresar y muy buena disposición hacia el trabajo, y sin embargo somos zánganos.
Nos culpan de los prejuicios que un Estado inmenso y descomunal propició allá por la década de los 50, y sin embargo prácticamente ninguno de nosotros había siquiera nacido.
La vida en sociedad conlleva el hecho de que un individuo no puede sentirse agraviado más que cuando es limitado en alguna de sus libertades. El gobierno lo ha hecho con nosotros reiteradas veces, Ud. hoy cuestiona y ataca nuestras libertades; del gobierno (y tome nota del disparate que digo) hasta puedo entenderlo, porque tiene intereses que defender y cuentas que rendir, de Ud. no, porque lo hace en forma absolutamente gratuita, en pos de vaya uno a saber que interese.
Ud. estimado Dutra, nos califica gratuitamente de “culebras” y eso duele en la estima, duele en el orgullo de trabajador, duele en la dignidad de quien llegó hasta donde pudo a base de esfuerzo propio, duele en esa herida que los “opinólogos” como Ud. pretenden crear entre todos los uruguayos. Su libertad Dutra, llega hasta ahí, porque no tiene absolutamente ningún derecho a insultar a trabajadores como el que hoy le escribe, puede no estar de acuerdo, pero no puede ofender y compararnos con un animal.
Si su forma de opinar y de informar es el insulto llano y directo, entonces se equivocó de profesión, porque Ud. no es ni lejanamente un periodista.
Ahora Dutra, Ud. se precia de analizar en profundidad según lo expresa su frase de cabecera. Permítame decirle que no está ni lejos de profundizar, ni de analizar y mucho menos de conocer. ¿Es que acaso no se informó antes de escribir?.
Para empezar, la ocupación del M.E.F. nada tiene que ver con aumento de salarios, sino con la negativa constante de parte del gobierno a negociar colectivamente las condiciones de trabajo que nos rigen. No es menor, porque precisamente quien debe garantizar la existencia del ámbito de negociación colectiva (¡uh!, ¡Me olvidaba!, ¡Y quien además se jacta de haberla reinstaurado luego de 20 años de inoperancia!), es quien hoy se la niega a sus propios empleados.
No fue un paro general total, sino parcial, Ud. nuevamente se equivoca.
No buscamos no trabajar 8 horas, buscamos que no nos aumenten 2 horas diarias de trabajo sin que ello se refleje en el sueldo, porque Dutra, si el propio Estado lo hace impunemente, ¿Quién le garantiza que mañana no lo harán todos los privados?.
Resulta que si el gremio de la bebida logra reducir la jornada laboral a 6 horas, lo festejamos como un logro histórico de los trabajadores, pero si los funcionarios públicos luchan por mantener tal jornada, son un montón de delincuentes que merecen el peor de los castigos y que no dejan de ser culebras acomodadas de primera clase.
Ud. habla de ocupación ilegal y no solo yerra profundamente, sino que demuestra ser probablemente el uruguayo que menos conoce de derecho laboral. Lea la Constitución Dutra, lea sobre el derecho a la huelga allí consagrado, lea más y entérse que la gran mayoría de “instituciones” del Derecho Laboral no provienen de leyes, sino de la propia costumbre, desde que es la mejor forma de acompasar los reclamos de los trabajadores, sin atarlos a leyes obsoletas y variables por el solo cambio de gobierno.
Lea sobre la eterna discusión entre la primacía del derecho a la huelga sobre el derecho a la propiedad o viceversa.
Lea todo lo escrito sobre la “ilegalidad” de las ocupaciones, no solo aquí sino en todo el mundo.
Infórmese Dutra, y comprenda que la ocupación no es para perjudicarlo a Ud. sino para forzar al gobierno a crear una mesa de negociación.
No hay ilegalidad en esto, porque hasta existe reglamentación al respecto (que no le comento porque tampoco voy a facilitar el trabajo que Ud. no hizo).
Quizás no sea casual que la ocupación hasta llegó a ser considerada ilegal, tal como Ud. la califica, durante la dictadura.
Si nuestra ocupación es ilegal, ¿Qué palabras tiene Ud. para sus colegas de Ultimas Noticias que hoy ocupan para no perder su fuente de trabajo?. ¿También ocupan ilegalmente?, ¿También se encargan de parar mientras el resto de los uruguayos trabajan?. Tómese un rato y vaya hasta la redacción de ese periódico, quizás pueda aprender sobre dignidad del trabajador, sobre negociación colectiva, y sobre derecho laboral, ya que evidentemente no lo entendió de nuestra parte.
Para culminar Dutra, y ya que estamos en esto de generalizar, tergiversar información y crear escándalo, aprovechemos la oportunidad para dar un ejemplo sencillo y sumamente sutil.
Veamos, Ud. trabajó en La República, y ahora lo hace en El Observador, ¿Por qué varió tan rotundamente su direccionamiento? No me dirá que fue solo por un mejor sueldo, ¿no?.
Ud. nos culpa de cobrar nuestros sueldos durante el 2002, lo cual es cierto, pero espere, ¡Su director de redacción se llama Peirano!. Lejos está de mí relacionar su apellido con el de aquella famosísima Familia Peirano que tanto conocemos.
No solo eso, se pone aún mejor, ¡tiene en su separata de conmemoración de la crisis, una extensa entrevista a uno de los Peirano causantes de la misma (que obviamente no tiene nada que ver con gente de su periódico, pese a tener el mismo apellido), donde ese buen samaritano hace sus descargos tranquilamente, luego de haber sido procesado legítimamente por vaciar a un país!.
Bueno, ahora quizás entiendo un poco mejor porque nos quiere culpar de alguna forma de rascar las arcas vacías del Estado durante la crisis.
De paso, ¿Ud. entró al periódico por vía de concurso de oposición y méritos? No se moleste en responder, creo que ya es evidente.
Su director de redacción escribe una columna defendiendo el indefendible Milton Friedman, y no solo eso, se enorgullece de haberlo conocido en Chile en el año 1981. Es raro que este señor publicite que su columna se escribe “en defensa de la libertad” cuando conoció a Friedman en plena dictadura de Pinochet, en uno de los países que sufrió miles de muertes en manos de un gobierno dictatorial.
Claro Dutra, estamos generalizando arbitrariamente y metiendo en la misma bolsa cosas que no tienen nada que ver, y precisamente con esa lógica propia de mentalidades obtusas, puedo decir que Ud, en todo esto tiene arte y parte.
Al fin y al cabo escribe en una publicación deficitaria que obedece al Opus Dei, que se enorgullece del contacto con tiranos, déspotas tecnócratas, que cuenta con personal con apellidos muy sonados, que da espacio a vaciadores de países para que justifiquen ridículamente lo evidente, y todo luego de haber dejado un periódico de marcada tendencia oficialista,
Por lo bajo, Ud es candidato cantado al Pulitzer.
¿Vió que fácil es desprestigiar en base a la lógica absurda que Ud. utilizó con nosotros? Ni siquiera tuve que utilizar insultos.
Mire si será fácil, que hasta un funcionario público como yo puede hacerlo.
Es una pena terrible Dutra, que Ud. no cuente con “un enfermero con claritos” y con un “educador de puños crispados” para que lo defiendan tan bien como nos defienden a nosotros.
Atentamente,
Leonardo Rosas
jueves, agosto 23, 2012
SOMOS PARTE DE ISP
23/08/2012
Sr. Guzmán Lajuni
Presidente
Asociación de Funcionarios de la Auditoría Interna de la Nación
Paysandú 941 Ciudad Montevideo URUGUAY
Por correo postal y electrónico: afunain@gmail.com
Ref.: PW/AK/EB-142/TU16517– 04.44.05
Persona contacto: Catherine.Bond@world-psi.org
Cc: Verónica Prado & Christiane Milan
12 de julio de 2012
Estimados/as Compañeros/as,
!Bienvenidos/as a la ISP! Tengo el placer de informarles que el Consejo Ejecutivo de la ISP, en su reunión EB-142 celebrada en Ginebra del 30 de mayo al 1º de junio de 2012, aprobó su solicitud de afiliación a la Internacional de Servicios Públicos, según la recomendación del Comité Ejecutivo Regional Interamericano.
Sírvanse notar que su afiliación sólo será efectiva después que cancelen la totalidad de la cuota para su primer año de afiliación. Ya que su afiliación se aprobó en junio, esta primera cuota corresponde al 50% del valor de la cuota anual. Después de recibir su pago, les enviaremos un recibo, así como su certificado de afiliación.
Adjunto les remitimos los documentos siguientes:
• Solicitud de pago de cuotas de 2012
• Estatutos de la ISP
• Proyectos de resolución que se presentarán al Congreso de la ISP, noviembre de 2012, Durban, Sudáfrica
• Programa de Acción de la ISP para 2013-2017 que se presentará al Congreso de la ISP en noviembre de 2012
• Un ejemplar de nuestra revista FOCUS
• Directorio de las afiliadas de su región
• Informe Anual 2011
• Material de la campaña sobre Servicios Públicos de Calidad
• Libro sobre la historia de la ISP
• Folleto de presentación de la ISP
• Encuesta de las afiliadas 2012 (versión corta)
Les recomendamos visitar nuestro sitio web http://www.world-psi.org, donde encontrará el programa de nuestras actividades y eventos (vea en particular http://congress.world-psi.org/) e información sobre los diferentes sectores de la ISP. A través del sitio web también podrá enviar mensajes de solidaridad para apoyar a otros sindicatos y ampliar sus redes mediante enlaces hacia varias redes sociales. Les agradecemos indicarnos si su organización cuenta con un hilo informativo RSS, para que podamos promover sus artículos a través del hilo informativo para las afiliadas disponible en nuestro sitio web. Descargue por favor el logo del sitio web de la ISP y cree en la página de entrada de su propio sitio web un enlace hacia el sitio web de la ISP.
El nombre de su organización ya está incluido en nuestra lista de difusión de publicaciones. Les alentamos a enviar contribuciones a las publicaciones de la ISP como la revista FOCUS y el boletín de información mensual Noticias de la ISP. Para suscribirse a Noticias de la ISP y otras publicaciones, vaya a http://www.world-psi.org/en/email-news-subscriptions y rellene la planilla en línea. Si requiere información adicional, no vacile en contactar con el Departamento de Comunicaciones communications@world-psi.org
Atentamente, Peter WALDORFF
Secretario General
trade pero lo publique ya somos parte de internacional de servicios publicos
Presidente
Asociación de Funcionarios de la Auditoría Interna de la Nación
Paysandú 941 Ciudad Montevideo URUGUAY
Por correo postal y electrónico: afunain@gmail.com
Ref.: PW/AK/EB-142/TU16517– 04.44.05
Persona contacto: Catherine.Bond@world-psi.org
Cc: Verónica Prado & Christiane Milan
12 de julio de 2012
Estimados/as Compañeros/as,
!Bienvenidos/as a la ISP! Tengo el placer de informarles que el Consejo Ejecutivo de la ISP, en su reunión EB-142 celebrada en Ginebra del 30 de mayo al 1º de junio de 2012, aprobó su solicitud de afiliación a la Internacional de Servicios Públicos, según la recomendación del Comité Ejecutivo Regional Interamericano.
Sírvanse notar que su afiliación sólo será efectiva después que cancelen la totalidad de la cuota para su primer año de afiliación. Ya que su afiliación se aprobó en junio, esta primera cuota corresponde al 50% del valor de la cuota anual. Después de recibir su pago, les enviaremos un recibo, así como su certificado de afiliación.
Adjunto les remitimos los documentos siguientes:
• Solicitud de pago de cuotas de 2012
• Estatutos de la ISP
• Proyectos de resolución que se presentarán al Congreso de la ISP, noviembre de 2012, Durban, Sudáfrica
• Programa de Acción de la ISP para 2013-2017 que se presentará al Congreso de la ISP en noviembre de 2012
• Un ejemplar de nuestra revista FOCUS
• Directorio de las afiliadas de su región
• Informe Anual 2011
• Material de la campaña sobre Servicios Públicos de Calidad
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• Folleto de presentación de la ISP
• Encuesta de las afiliadas 2012 (versión corta)
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Atentamente, Peter WALDORFF
Secretario General
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