miércoles, agosto 07, 2013

AEBU denuncia graves irregularidades en cooperativa Cossac

CON UNA PEQUEÑA AYUDA DE MIS AMIGOS

AEBU denuncia graves irregularidades en cooperativa Cossac

03.05.2012
MONTEVIDEO (Uypress) — La Asociación de Bancarios del Uruguay denuncia que casi la totalidad de los trabajadores de Cossac afiliados al sindicato pasó al seguro de paro. La cooperativa, de acuerdo con lo que afirma AEBU, está en manos de Julio César Talamás, su familia y amigos cercanos.
El miércoles 2 de mayo se reunieron en el Ministerio de Trabajo los representantes de AEBU y de la empresa. En esa oportunidad, los delegados patronales ratificaron la decisión de enviar al seguro de paro a la "casi totalidad" de los trabajadores afiliados al gremio, justificando la medida en "razones económicas".
El funcionario ministerial ante quien se desarrollaba el encuentro consideró que la posición de la empresa era abusiva, y resolvió que el caso pasara a estudio del ministro Eduardo Brenta y del director nacional de Trabajo, Luis Romero.
El portal de AEBU informa además que los representantes sindicales tuvieron acceso a una copia del auto de procesamiento sin prisión de Julio César Talamás por el juez en lo penal de 5° Turno, medida que fue tomada luego de que el dirigente de la cooperativa se presentara a una asamblea de la Cooperativa de Previsión Social con guardaespaldas y ametralladoras Uzi.
Amigos y parientes
La historia de la apropiación de Cossac por parte de Talamás y los suyos está detallada con nombres y apellidos en una entrada del portal de AEBU de fecha 30 de abril de este año. Allí puede leerse, en una nota cuyo título es Cossac: apropiación indebida, que la cooperativa Cossac "ha sido colonizada hasta extremos inconcebibles por su amo y señor, Julio Cesar Talamás".
Según la nota, en un plantel de unos 40 trabajadores en total, 20 son parientes directos de Talamás o de sus familiares. "Sus dos hijos, el novio de su hija, su anterior esposa y la actual compañera, trabajan -o en algunos casos simulan trabajar- en Cossac.
El personal de la cooperativa también incluye a dos cuñadas de Talamás; y hasta el año pasado -en que falleció- a un tercer cuñado. También están presentes una prima carnal y su padre. No se agota aquí la lista. En la planilla del Ministerio de Trabajo además están presentes los esposos de las cuñadas de Julio César Talamás, la esposa del cuñado fallecido y una hermana de ésta, con lo que se configura una cooperativa dentro de otra".
AEBU dice que además de los familiares están los "amigos con beneficios": un "antiguo compañero de la infancia de Talamás -con quien son padrinos cruzados- y quien a su vez trajo a Cossac a una hermana y un sobrino".
Los lazos de familia o de amistad se extienden a empresas que brindan servicios tercerizados a la cooperativa. Un caso paradigmático es el de la empresa de acompañantes Alma, Corazón y Vida "en la que se desempeña la exesposa de Talamás" y a la que el sitio web de Informes 20 describe como "Empresa de acompañantes de enfermos en sanatorio. Servicio de acompañantes para socios de Cossac".
La extensa nota de denuncia de AEBU da nombres y apellidos, con detalles de los lazos de parentesco o amistad, de decenas de personas que están vinculadas a Talamás y se benefician directamente de su relación con Cossac.

Triquiñuelas

AEBU aclara que el mecanismo de contralor normal de toda cooperativa, que es la asamblea de socios, no funciona, porque las asambleas son citadas a través del Diario Oficial y La Hoja Judicial (dos medios que los socios de la cooperativa nunca ven) pero con el cuidado de llamar personalmente a todos los "socios amigos", a quienes se invita a un almuerzo y se les comunica que luego habrá una asamblea.
Esos socios, cuyos nombres se repiten en todas las asambleas desde hace años, son los que, según AEBU, permiten "cumplir con las formalidades legales y mantener las apariencias". Esta práctica ha tenido como consecuencia, por ejemplo, que la última asamblea realizada "aprobara, por amplísima mayoría, un balance con 39 millones de pesos de déficit".

Con estos antecedentes el sindicato presentó el martes 24 de abril una denuncia contra la empresa ante el Ministerio de Trabajo y próximamente hará lo propio ante la Auditoría General de la Nación.

martes, julio 09, 2013

Salud: PAP gratuito desde el 1° de julio


PREVENCIÓN FEMENINA

Salud: PAP gratuito desde el 1° de julio

02.07.2013

MONTEVIDEO (Uypress) - Desde este lunes 1° de julio el estudio del Papanicolau (PAP) se realiza de manera gratuita para las usuarias de los servicios de salud pública y, en el caso de las mutualistas sólo se debe abonar el costo del timbre profesional.

Así lo anunció la ministra de Salud Pública (MSP) Susana Muñiz a fines de mayo en ocasión del Día Internacional de Acción Salud por la Salud de las Mujeres y el examen se realiza de manera gratuita desde ayer.

En Uruguay, el 69% de las mujeres se realizaron el PAP entre 2011 y 2012, según datos del Observatorio Nacional en Género y Salud Sexual y Reproductiva de 2013.

La Ley de Salud Sexual y Reproductiva establece que 'las usuarias entre 21 y 65 años tienen derecho a un estudio de Papanicolau gratuito cada tres años, por control preventivo (sin antecedentes)'.

La gratuidad del PAP tiene, entre sus objetivos primordiales, que el 100% de las mujeres se realice el estudio y lograr una 'universalización de las políticas públicas de salud para las mujeres', señaló Muñiz. El PAP sirve para prevenir y detectar el cáncer de cuello uterino.

NORMAS DE SEGURIDAD EN EL TRÁNSITO



NORMAS DE SEGURIDAD EN EL TRÁNSITO
- Ley 19.061 de 06/01/013 -

El próximo sábado 6 de julio entran en vigencia diversas disposiciones
contenidas en la Ley
19.061 de 06/01/013 relativas a normas de seguridad en el tránsito.

  • Referente a los menores de edad:
    • Los menores de 12 años, o mayores de 12 y menores de 18 años que midan menos de 1.50 mt de estatura deben viajar en los asientos traseros.
    • El PE establecerá los sistemas de sujeción y categorías a aplicar.
    • Los niños o adolescentes no pueden viajar en vehículos de dos ruedas si no alcanzan los posa pies del vehículo.
    • El PE reglamentará las condiciones que deban cumplir las sillas y similares para transportar a los niños y adolescentes, y los posa pies.
  • Referente a los vehículos de transporte colectivo:
    • Todos los vehículos de transporte colectivo de pasajeros en los servicios regulares de mediana y larga distancia u ocasionales, o que circulen en rutas nacionales, deben constar con cinturón de seguridad siendo su uso obligatorio.
    • El PE establecerá las condiciones y plazos.
  • Referente a los vehículos de dos ruedas y cuatriciclos o similares:
    • Los conductores y acompañantes deben usar un chaleco o campera reflectivo o bandas reflectivas que cumplan con las exigencias que establezca la reglamentación del PE.
    • Los vehículos deben contar con el siguiente equipamiento de seguridad:
    • un sistema de freno delantero y trasero,
    • espejos retrovisores,
    • timbre o bocina y
    • un sistema lumínico consistente en un faro de luz blanca y un reflectante del mismo color ubicado conjuntamente con éste en la parte delantera y un faro de luz roja y un reflectante del mismo color, colocados en la parte posterior, ambos visibles a una distancia prudencial en condiciones atmosféricas normales.
    • Todas las bicicletas que se comercialicen deben contener además al menos dos dispositivos retro reflectantes en cada una de sus ruedas para posibilitar su reflexión lateral y una banda de material retro reflectante en ambos frentes de cada uno de los pedales.
    • La venta de vehículos cero kilómetro debe incluir un casco certificado como mínimo y el empadronamiento respectivo.
  • Prohibición de uso de dispositivo de telefonía móvil:
    • Se prohíbe a los conductores de cualquier tipo o categoría de vehículos, cuando circulen, el uso de dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear cualquiera de las manos.
  • Referente al maletín de seguridad vial:
    • Los automóviles de cuatro o más ruedas deben contar con un maletín con elementos de primeros auxilios y seguridad vial, conteniendo, entre otras cosas, elementos médicos de primeros auxilios y chalecos reflectivos.
    • El PE reglamentará el contenido y su exigibilidad.
  • Referente a las sanciones:
    • El PE determinará las sanciones a propuesta de la UNASEV y el Congreso de Intendentes, quien solicitó un plazo de 90 días para estipularlas.


LEY 19.061 DE 6 DE ENERO DE 2013

CAPÍTULO I
DlSPOSlClONES RELATIVAS AL TRANSPORTE Y SUJECIÓN
DE NIÑOS Y ADOLESCENTES EN LOS VEHÍCULOS

ARTÍCULO 1º.- Los niños de 0 a 12 años de edad estarán obligados a viajar en los asientos traseros de conformidad a los sistemas de sujeción y categorías establecidas en la reglamentación que el Poder Ejecutivo establezca.
Las mismas obligaciones del inciso anterior regirán para los adolescentes hasta los 18 años de edad que midan menos de 1,50 metros de estatura.

ARTÍCULO 2º.- Se prohíbe a los conductores de ciclomotores, motocicletas, motos y similares transportar niños o adolescentes de cualquier edad que no alcancen los posa pies de dichos vehículos. El Poder Ejecutivo reglamentará sistemas de posa pies alternativos.
En los casos de motocicletas con sidecar y similares, se podrá transportar niños y adolescentes, de conformidad a los sistemas de sujeción y categorías establecidas en la reglamentación que el Poder Ejecutivo apruebe.

ARTÍCULO 3º.- Las sillas y similares para el transporte de niños y adolescentes deberán cumplir con las normas que se adopten a tales efectos en el país, según la reglamentación que se dicte al respecto.

CAPÍTULO II
DISPOSICIONES RELATIVAS AL USO DE CINTURÓN DE SEGURIDAD

ARTÍCULO 4º.- Todos los vehículos del transporte colectivo de pasajeros en los servicios regulares de mediana y larga distancia u ocasionales, o todos aquellos que transiten en rutas nacionales, deberán poseer cinturón de seguridad y su uso será obligatorio.
Los servicios regulares de mediana y larga distancia podrán transportar pasajeros de pie, de acuerdo a la capacidad técnica admitida.
El Poder Ejecutivo, mediante la reglamentación respectiva, establecerá las condiciones y plazos que deberán verificarse y podrá establecer excepciones totales o parciales, teniendo en cuenta también las disposiciones referidas en los Capítulos I y II de la presente ley.

CAPÍTULO III
DE LOS DISPOSITIVOS Y ELEMENTOS DE SEGURIDAD PASIVA
PARA LOS VEHÍCULOS AUTOMOTORES

ARTÍCULO 5º.- Todos los vehículos cero kilómetro propulsados a motor de cuatro o más ruedas que se comercialicen en el país deberán contar con sistema de frenos ABS, apoya cabeza en todos sus asientos o plazas, cinturones de seguridad y airbag frontales en las plazas delanteras como mínimo de aquellos vehículos que así lo admitan, de acuerdo con lo que fije la reglamentación respectiva.

ARTÍCULO 6º.- Los requisitos establecidos en el artículo anterior serán exigibles a partir de los dieciocho meses de la promulgación de la presente ley, debiendo tales elementos ajustarse a las disposiciones y exigencias técnicas contenidas en las normas que se adopten a tales efectos por el país, según la reglamentación respectiva.

CAPÍTULO IV
DE LOS DISPOSITIVOS Y ELEMENTOS DE SEGURIDAD PASIVA
Y ACTIVA PARA CICLISTAS Y MOTOCICLISTAS

ARTÍCULO 7º.- A partir de los ciento ochenta días de la promulgación de la presente ley, será obligatorio para los conductores y acompañantes de motos, ciclomotores, motocicletas, cuadriciclos o similares, el uso permanente durante su circulación en todas las vías públicas, de un chaleco o campera reflectivos o, en su defecto, bandas reflectivas que cumplan con las exigencias técnicas de reflexión de acuerdo con lo que fije la reglamentación.

ARTÍCULO 8º.- En caso de que el vehículo posea algún elemento fijo o semifijo, que impida parcial o totalmente la visualización de la parte posterior del conductor o acompañante, el mismo deberá contar mínimamente con una banda visible desde atrás de material reflectante, de conformidad con lo que fije la reglamentación.

ARTÍCULO 9º.- Los conductores de bicicletas, a partir de los ciento ochenta días de la promulgación de la presente ley, deberán usar un casco protector de seguridad que cumpla con las exigencias de las normas que se adopten a tales efectos por el país, según fije la reglamentación respectiva, así como cumplir con todas las disposiciones del artículo 8º de la presente ley, según fije la reglamentación respectiva.

ARTÍCULO 10.- A partir de los ciento ochenta días de la promulgación de la presente ley, las bicicletas, motos, ciclomotores, motocicletas, cuadriciclos o similares de cualquier tipo o categoría destinadas a paseo o trabajo, deberán contar para circular con un equipamiento obligatorio de seguridad constituido por: un sistema de freno delantero y trasero, espejos retrovisores, timbre o bocina y un sistema lumínico consistente en un faro de luz blanca y un reflectante del mismo color ubicado conjuntamente con éste en la parte delantera y un faro de luz roja y un reflectante del mismo color, colocados en la parte posterior, ambos visibles a una distancia prudencial en condiciones atmosféricas normales.
Todas las bicicletas que se comercialicen a partir de los ciento ochenta días de la promulgación de la presente ley deberán contener, además del equipamiento citado en el inciso precedente, al menos dos dispositivos retro reflectantes en cada una de sus ruedas para posibilitar su reflexión lateral y una banda de material retro reflectante en ambos frentes de cada uno de los pedales.

ARTÍCULO 11.- Las bicicletas destinadas a competencias deportivas estarán exentas del cumplimiento de estas disposiciones, cuando se encuentren participando en entrenamiento o en competencia.

ARTÍCULO 12.- A partir de los treinta días de promulgación de la presente ley, la venta de vehículos cero kilómetro, ciclomotores, motos, motocicletas, motonetas y similares, debe ser acompañada con un casco protector certificado como mínimo y su empadronamiento respectivo, de acuerdo a la normativa departamental.

CAPÍTULO V
DE LAS PROHIBICIONES AL CIRCULAR

ARTÍCULO 13.- Se prohíbe a los conductores de cualquier tipo o categoría de vehículos, cuando circulen, el uso de dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear cualquiera de las manos.

CAPITUVI VI
PROHIBICIÓN DE TRANSPORTE DE PERSONAS

ARTÍCULO 14.- Se prohíbe el transporte de personas en la caja de los vehículos y acoplados, con las excepciones establecidas en el Reglamento Nacional de Circulación Vial.
El Poder Ejecutivo reglamentará el transporte de personas en los casos de vehículos utilitarios.

CAPÍTULO VII
MALETÍN DE SEGURIDAD VIAL

ARTÍCULO 15.- Todos los vehículos automotores de cuatro o más ruedas, que circulen por la vía pública o por la vía privada librada al uso público, deberán contar con un maletín con elementos de primeros auxilios y seguridad vial.
El Poder Ejecutivo reglamentará la forma de ingreso de los vehículos al sistema, según sean cero kilómetro o vehículos usados y el contenido del maletín.

CAPÍTULO VIII
SANCIONES

ARTÍCULO 16.- Las sanciones que deriven de la aplicación de la presente ley serán fijadas por el Poder Ejecutivo a propuesta de la Unidad Nacional de Seguridad Vial y en consulta con el Congreso de Intendentes.

CAPÍTULO IX
DIFUSIÓN

ARTÍCULO 17.- El Poder Ejecutivo dará la más amplia difusión y promoverá la educación sobre los alcances de la presente ley, durante un período de ciento ochenta días contados a partir de la promulgación de la misma.
Durante el plazo referido no serán aplicables las sanciones a las que se hace referencia en el artículo 16 de esta ley.

ARTÍCULO 18. (Reglamentación).- El Poder Ejecutivo reglamentará esta ley en un plazo de ciento ochenta días a partir de su promulgación.

martes, junio 25, 2013

PARO GENERALDECOFE DE 24 HORAS DIA 25-06-2013




La Confederación de Organizaciones de Funcionarios del Estado (COFE) realiza un paro general nacional de 24 horas a realizarse este martes 25. En Salud Pública atenderán urgencias y emergencias.

Se detalló que adhieren: 'las oficinas centrales de cada ministerio, el Registro Civil, Registros Públicos, Aeropuertos, Aduanas, Migraciones y Aviación civil.  Las medidas de fuerza se decidieron en el marco de la Rendición de Cuentas que está decidiendo el Gabinete de gobierno. COFE exige 'mejoras salariales y un Sistema Nacional de Salud Estatal y Público'  También acatan la medida: los pasos de frontera; los servicios de Sanidad Animal e Industria Animal y el resto de los servicios del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP); los servicios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP).Se verán afectados los servicios del canal TNU; la Biblioteca Nacional y la Contaduría General de la Nación; los sorteos de Lotería y Quiniela, y cerrarán más de 20 salas de Casinos en todo el país. Tampoco  funcionarán los servicios de la Dirección Nacional de Meteorología, del INE y la operativa de los Diques estatales. Inclusive no se atenderá en las oficinas centrales del INAU, guarderías, ni clubes de niños y adolescentes.


Día Mundial de los Servicios Públicos, 23 de junio ISP

Día Mundial de los Servicios Públicos, 23 de junio

Trabajar en interés de la gente

Promoción de la justicia social con servicios públicos de calidad y derechos sindicales


Día Mundial de los Servicios Públicos, 23 de junio de 2013 
El movimiento mundial por la justicia fiscal avanza: La nueva lucha para 
poner fin a la desigualdad

El 23 de junio, Día Mundial de los Servicios Públicos, la PSI se suma a las principales organizaciones  sindicales y no gubernamentales del mundo para “advertir a los/las dirigentes mundiales que los miembros  de la sociedad civil están uniendo fuerzas para luchar por la justicia fiscal en todo el mundo”.
La Secretaria General de la Internacional de Servicios Públicos, Rosa Pavanelli, dice: “Estamos orgullosos de trabajar al frente del creciente movimiento mundial que exige justicia fiscal y la rendición de cuentas con 
respecto al gasto público por el bien común. La redistribución de la riqueza que los/las trabajadores/as  ayudan a crear no es una opción, sino una obligación
aquí resto del comunicado 


lunes, marzo 04, 2013

Primer aviso

Primer aviso
 
El día 15/02 los compañeros Guzmán Lajuni y Miguel Rivera en representación
del consejo Directivo de A.F.A.I.N. se reunieron con el Sr. Director donde se le
comunico la resolucíón de la asamblea del 08/02 con respeto a las economia ( en equiparación salarial aparecera un referente y luego una franja igual para todos en el grado con el compromiso que a partir del 2014 sea una sola franja igual para
todos, sobre lo cobrado en Enero y Febrero , el Sr. Director se comprometio a seguir negociando en vistas de  encontrar una solucíon posible con el fin de que nuestros salarios no se vean disminuidos.
También se planteo la necesidad de incluir en al rendición de cuentas un ARTICULO para la obtención de una partida para la incrementación de nuestros salarios ( llamese a  traves de metas u otros macanismos) de la cual el Director se comprometio a trabajar junto al gremio para el logro de la misma y en reunión que tendra con el ministro se lo planteara y de inmediato nos volveremos a reunir.
Volveremos a retomar el tema de los topes , que como Udes. recordaran en rendición pasada
le presentamos un proyecto de Articulo, también tenemos dicho tema en el plenario
 Consejo Directivo de A.F.A.I.N

domingo, febrero 24, 2013

VOLVEMOS EN ESTE AÑO YETA

Hola buen 2013

Reiniciado el contactos, en este año YETA, con todos ustedes luego de esta pausa retomamos la actividad con una asamblea el viernes 8 de febrero en la que se presento y explico la propuesta que entrego el Sr Auditor a la Comisión Directiva y a la Comisión de economías que se había creado por el tema. Luego de varias reuniones e intercambio se le hizo llegar al gremio una la propuesta por escrito que consiste en una nivelación en el grado y escalfon por el concepto equiparación salarial. Si bien no se logran un 100%, se alcanza un 70% del promedio (el crédito no da para mas) lo que disminuye la diferencias dentro del grado en este concepto. Manteniendo a todos aquellos que cobren por encima del promedio y arrimando a los que estaban por debajo hasta el 70% del promedio . Esta economías de equiparación salarial son para todos los funcionarios.

Existe algunas compensaciones por economías que pasan a otras en otro grado y escalafón, todas estas se mantendrán como hasta ahora. Cabe aclarar que estas pequeñas diferencias no hacen al fondo de lo que se logra y con el correr del tiempo se irán nivelando con el resto de las compensaciones por  economías. Por tanto se logra, luego de muchos años de discusión, que en el concepto equiparación salarial se tienda a pagar igual a todos los funcionarios de grado y escalafón

En cuanto a la economías con conceptos de mayor responsabilidad quedan a criterio de la dirección
la forma de distribución, aquí también los conceptos manejados son básicamente lo que entendemos desde hace mucho tiempo se debe hacer, quien tenga una mayor responsabilidad o tarea debería cobrar un diferencial.

Se hablo con la dirección y se comunico la resolución de la asamblea y esta se comprometió a presentar los números finales para que a partir del sueldo de marzo, se comience a liquidar con esta nueva forma. También se planteo la inquietud de que esta economías se paguen igual mensualmente durante todo el 2013.

En otro orden se hablo de la situación de la plantilla de funcionario y la preocupación que se tiene por parte del sindicato de la perdida permanente de funcionarios, por bajas del padrón al irse a otros trabajos mejor remunerados. Es en este sentido desde el año pasado hay una comisión nombrada en una asamblea para proponer un proyecto de Compromiso de gestión Iniciativa del gremio que de alguna manera mejore los bajos sueldo de los funcionarios.


Trasmitimos que estamos aun preocupados por que sigue existiendo topes que imposibilitan algunos compañeros a alcanzar una mejor retribución, tema que ha sido tratado incluso en la bipartita del ministerio de trabajo entre el plenario y los representantes del ministerio.

Seguimos comprometidos con la oficina y preocupados por el tema retributivo y que tenemos inquietudes para una mejor retribución ante nuevas actividades desarrolladas por la oficina, que exige mas trabajo, y una preparación constante para cumplir con estos cometidos.

Demas esta decir que cualquier inquietud por parte de ustedes nos las trasladen de modo de canalizar LA BUENA SUERTE